lunes, 6 de enero de 2020


NO MÁS TRABAJADORES MUERTOS EN EL PERÚ

Lima, 03 de enero 2020

S
egún las estadísticas del MTPE, a octubre del 2019, se han reportado 194 fatalidades por accidentes de trabajo en el país. Esta cifra no incluye, la muerte de un trabajador por explosión dentro de la mina Arapa Uno en Arequipa, ocurrido en noviembre; la de los dos jóvenes que murieron por descarga eléctrica en la tienda de McDonald´s en Lima; ni la muerte de un ingeniero que quedó atrapado por un deslizamiento de material en la mina Cobriza en Huancavelica, estos dos últimos acontecidos en diciembre del 2019. Son algunos casos puestos en conocimiento por la prensa, que definitivamente incrementará la lamentable cifra de trabajadores fallecidos en el 2019, por inadecuadas condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

Como suele suceder, la prensa limeña únicamente puso todas las luces sobre el lamentable accidente de los dos jóvenes que fallecieron en la tienda de McDonald´s. Vimos al superintendente de la SUNAFIL, la ministra del MTPE y hasta el mismo presidente de la República en diversos medios de comunicación. Pero, ¿y qué de las otras muertes?, ¿no son importantes?, ¿es noticia, solo porque sucedió en Lima?; no se ha visto algún pronunciamiento del gobierno, por las otras 194 familias que están en luto.



Foto: GEC

Luego del trágico evento ocurrido en McDonald´s, el Ejecutivo anunció medidas normativas para intentar corregir esta situación, presionado por la cobertura de la noticia. De un momento a otro, el tema de Seguridad y Salud en el Trabajo, fue agenda prioritaria del ejecutivo. Esta situación muchas veces se repite en nuestra sociedad, donde se trabaja en lo reactivo más que en lo preventivo.

Al respecto, el MTPE promulgó el 24 de diciembre el DS N° 020-2019 TR, en el cual básicamente realizó cuatro medidas normativas. A mi parecer, principalmente desde el enfoque reactivo, estas son de manera resumida: i) disminución de 30 a 10 días para la investigación de accidente fatal por la SUNAFIL; ii) la publicación de resoluciones administrativas consentidas por accidente de trabajo o enfermedad profesional seguida de muerte, en un diario de circulación nacional; iii) la realización de manera presencial de las cuatro capacitaciones mínimas en SST que debe hacer el empleador al año; y finalmente, iv) la SUNAFIL podrá inspeccionar a una misma empresa, las veces que sean necesarias cuando se trata de condiciones de SST.

En el mismo sentido, el 30 de diciembre se promulgó el Decreto de Urgencia N° 044-2019, en donde se dictan medidas para fortalecer la labor inspectora por parte de la SUNAFIL, otorgándole la facultad de disponer el cierre temporal del centro inspeccionado y/o la prohibición inmediata de trabajos por incumplimiento de la normativa en materia de SST, entre otras medidas. Así mismo, se dicta una modificatoria al Art. 168-A del Código Penal, en donde se excluye que, para concretar el hecho punible, la empresa debió haber sido previamente notificada de la inobservancia por la autoridad competente, como estaba en la versión anterior (Ley 30222 que modificó a la Ley 29783). Las sanciones pueden ir desde uno a cuatro años de pena privativa de la libertad, al que, deliberadamente, infrinja las normas de SST y estando legalmente obligado, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad física de los trabajadores de forma grave; en caso la inobservancia tenga consecuencias de lesiones graves, las sanciones van de tres a seis años; y si ocurren fatalidades, las penas van de cuatro a ocho años de pena privativa.

Desde mi punto de vista, estas disposiciones son insuficientes y no cumplen con las expectativas que anunció el Ejecutivo para atacar verdaderamente las causas básicas de las muertes en el Perú por condiciones de SST. No basta solo en disminuir el tiempo de investigación de los accidentes fatales; pasar las capacitaciones obligatorias en SST a presenciales; o enfocarse en lo penal, que está más que demostrado que implementar penas o incrementar el castigo no disminuye la ocurrencia de eventos. Podríamos decir, que el empleador ante el “miedo” de ser encarcelado por incumplimiento de las normas de seguridad (que datan desde el año 2011 con la Ley N° 29783), tome las medidas necesarias, pero ¿cuántos gerentes o dueños de empresas han sido condenados utilizando este artículo del Código Penal? Para llegar a una respuesta objetiva a meritaría otra investigación, pero me atrevería a decir que ninguno y probablemente no veremos a ningún Directivo de empresa ser condenado por incumplimiento de las normas de SST. En mi opinión, el término “deliberadamente”, que se encuentra en el artículo 168-A, será el punto principal a resolver en el proceso penal, empleándose como principal medio de defensa de los acusados.

Finalmente, considero que trabajar en la prevención es el camino a seguir, pero de manera verdadera y no solo por la coyuntura del momento. Tener una genuina cultura de prevención de riesgos laborales es el reto a cumplir, según lo dicta la Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin embargo, aún estamos lejos de alcanzarlo. Los tres actores en este proceso, deben trabajar de manera integrada: el Estado, dictando las normas necesarias y asumiendo su rol fiscalizador; el empleador, con un compromiso visible fomentando la cultura de prevención de riesgos; y, el trabajador, asumiendo sus obligaciones y exigiendo el cumplimiento de las condiciones de SST al empleador. Si no logramos un verdadero cambio en todos los actores, seguiremos lamentando más trabajadores muertos en el Perú.


Luis Palacios
Ing. de Higiene y Seguridad Industrial
Consultor en Seguridad y Salud en el Trabajo
luispalacios@outlook.com

miércoles, 5 de diciembre de 2018

El rol del abogado en el área de recursos humanos

Bienvenidos al mi Blog, en esta publicación tocaremos un tema importante sobre el rol que debe tener un abogado en el área de recursos humanos. Para ellos primero mencionaremos un breve concepto sobre lo que es el área de recursos humanos.

La expresión "recursos humanos" se refiere a las personas que forman parte de las organizaciones y que desempeñan en ellas determinadas funciones. Así mismo tambien se menciona que entre alguna de sus funciones tiene las de seleecionar al personal, estar en los procesos de contratación, llevar la parte formativa del personal para potenciar sus habilidades, emplear y retener al personal más valioso para la organización (Chiavenato, 1983).


 Por otra parte, un rol importante es el que juega la parte en las funciones que lleva el área de recursos humanos. La legislación laboral así como las diversas decisiones judiciales que interpretan esta legislación. Los aspectos legales influyen en caso toda la gama de políticas de recursos humanos (Dessler y Ayala, 2015)

De lo investigado, podemos resumir que el rol de abogado juega un papel muy importante en cada función, por ejemplo en la parte de contratación, el especialista en derecho debe dar el imput necesario sobre las consideraciones legales que deben estar enmarcados en el contrato de trabajo, para que la relación entre trabajador y empresa estén plasmadas. Por otro lado en el proceso de desvinculación, es vital tener el soporte del área legal porque de omitir ya sea a sabiendas o de manera involuntaria el debido proceso, podríamos poner a la organización en problemas judiciales con consecuencias económicasimportantes.

Espero les pueda ayudar este breve comentario.


Bibliografía:
* Chiavenato, I., Villamizar, G. A., & Aparicio, J. B. (1983). Administración de recursos humanos (Vol. 2). McGraw-Hill.
* Dessler, G., & Ayala, L. E. P. (2015). Administración de recursos humanos. Pearson educación.

sábado, 17 de noviembre de 2018

La importancia del comportamiento asertivo en la práctica del derecho

Hola amigos y bienvenidos nuevamente a mi blog... Ahora hablaremos un poco sobre el comportamiento asertivo y como esta competencia social ayudaría en el desempeño del abogado. Antes de seguir, les muestro una definición para entender este concepto


"Asertividad: mantener un comportamiento equilibrado, entre la agresividad y la pasividad. Esto implica la capacidad para defender y expresar los propios derechos, opiniones y sentimientos; decir “no” claramente y mantenerlo; hacer frente a la presión de grupo y evitar situaciones en las cuales uno puede verse coaccionado; demorar actuar o tomar decisiones en estas circunstancias de presión hasta sentirse adecuadamente preparado, etc." (Bisquerra 2007, 73)



En ese sentido podemos mencionar de manera resumida es como podemos mantener nuestra posición y de igual manera respetar la posición de las otras personas, en la práctica laboral del abogado esto es muy importante porque se trata de defender la posición, pero no se debe llegar a violentar o trasgredir los derechos de la otra posición, esto es manejarse también éticamente. Asimismo, darse un tiempo para tomar las mejores decisiones en lo profesional.

Espero les sea de ayuda mis comentarios.

Gracias 

Bibliografía
1. Bisquerra Alzina, R., & Escoda, N. P. (2007). Las competencias emocionales.
2. Trianes, M. V., Blanca, M. J., Garcia, B., Muñoz, Á., & Fernandez, F. J. (2007). El comportamiento infantil asertivo ante adultos: un examen de relaciones entre variables y fuentes. Infancia y aprendizaje30(2), 163-182.

sábado, 27 de octubre de 2018

FODA Personal




Bienvenidos a mi blog, en esta presentación les presentaré un concepto sobre FODA, el desarrollo de mi matriz de evaluación personal y unos consejos simples que espero les puedan ser de ayuda.


A continuación presentaré un concepto breve acerca del FODA.
"Análisis FODA. Proviene del acrónimo en inglés SWOT, en español las siglas son FODA (Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas). El análisis FODA consiste en realizar una evaluación de los factores fuertes y débiles que en su conjunto diagnostican la situación interna de una organización, así como su evaluación externa; es decir, las oportunidades y amenazas. También es una herramienta que puede considerarse sencilla y permite obtener una perspectiva general de la situación estratégica de una organización determinada." (Ponce 2006: 02)
Del presente concepto, podemos mencionar de manera breve que el FODA consiste en realizar una evaluación tomando en consideración cuatro aspectos básicos, los cuales de manera sencilla nos mostrará un panorama de la organización que se está evaluando, es importante para la realización del FODA que el equipo de trabajo que lo realice, conozca a la organización por dentro.

Esta evaluación se puede realizar en varios ámbitos incluido el personal, lo cual es motivo de este blogg, entonces he hecho un ejercicio sobre un FODA personal lo cual me dará un panorama de como me veo posicionado al día de hoy, así mismo los invito a que ustedes tambien puedan hacer una autoevaluación.


Una vez que hayan hecho su evaluación podrán establecer algunas recomendaciones de como pueden mejorar en sus debilidades, así como mantener e incrementar en sus fortalezas. En mi caso les puedo mencionar algunas puntos que considero mejorar.

En primero lugar, la lectura, muy importante ahora que estoy desarrollando la carrera de Derecho en donde todos los profesores nos mencionan que la lectura es parte crítica del éxito de esta carrera. Ppara las personas que no son muy amantes de la lectura considero que podemos iniciar con breves artículos y luego poco a poco ir incrementando la cantidad de textos. De igual manera estaré obligado a leer diversos textos por el desarrollo mismo del estudio.

En segundo lugar el dominio de un segundo idioma es algo que todos sabemos que es importante, pero por diversos motivos nos quedamos relegados y lo dejamos "para después", bueno si este es tu caso tambien, es hora de retomarlo.

Así como me he autoevaluado que tengo debilidades, tambien tengo fortalezas, como por ejemplo me considero una persona responsable con perseverancia para el logro de objetivos, así como la experiencia desde mi profesión, que espero me acompañe y ayude para este nuevo proyecto que estoy iniciando con el estudio de Derecho.

Luego de todo lo desarrollado, los invito a que ustedes también se hagan una autoevaluación y de seguro al inicio les parecerá muy sencillo y lo es, pero la particularidad es ser sinceros y plasmar de manera auténtica y verídica como se ven a ustedes mismos.

Gracias por su atención y los espero en mi siguiente publicación...


Bibliografía
PONCE TALANCON, Humberto (2006), La matriz FODA: una alternativa para realizar diagnósticos y determinar estrategias de intervención en las organizaciones productivas y sociales. En: Revista Contribuciones a la Economía, Ed. setiembre.

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